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¿Qué es despido improcedente? ¿Cuándo me pueden despedir?
por Kamikaze
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha decidio que llamar 'hijo de puta' a tu jefe no es causa de despido. Habrá pensado que quizá fuera una opinión, más que un insulto, claro. O quizá como el insulto era para la señora madre del jefe y no contra él mismo, creyó que no había porqué enfadarse.

Cachondeos judiciales aparte, esto del despido sí, despido no, está mucho más regulado en España de lo que se cree. No nos pueden echar así, por las buenas, sino sólo por causa justificada, por ejemplo:
Al menos, nos quedan los seguros anti-despido.
No tienen porqué despedirte por llamar 'hijo de puta' al jefe, vale, pero sí pueden hacerlo por echarte una caña, una siesta, etc. Toma nota, porque si haces algo de esto, te quedas en la calle.
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha decidio que llamar 'hijo de puta' a tu jefe no es causa de despido. Habrá pensado que quizá fuera una opinión, más que un insulto, claro. O quizá como el insulto era para la señora madre del jefe y no contra él mismo, creyó que no había porqué enfadarse.

Cachondeos judiciales aparte, esto del despido sí, despido no, está mucho más regulado en España de lo que se cree. No nos pueden echar así, por las buenas, sino sólo por causa justificada, por ejemplo:
- Insultos o agresiones a compañeros de trabajo (no sólo al jefe, pero puestos a dar bofetadas, mejor que no sea al jefe).
- Indisciplina o desobediencia.
- Faltas de asistencia o impuntualidad. Se permiten hasta un límite marcado por el convenio colectivo que os corresponda.
- Disiminución voluntaria y continuada del rendimiento. Si lo haces fatal, pero puedes ponerle remedio, pónselo.
- Abuso de confianza. Pasa como con los padres: tus compañeros de trabajo no son amigos, salvo que ellos quieran, claro.
- Embriaguez o consumo de drogas. Aunque yo veo curritos tomarse su cerveza con su porrito muy a menudo por las calles españolas, y se les ve en plan trabajo...
Al menos, nos quedan los seguros anti-despido.
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El 29 septiembre 2009 a las 0:16 #
Por favor la persona que he escrito el comentario, no sabe de lo que habla. EL DESPIDO IMPROCEDENTE SI DA DERECHO A PARO.
gracias, saludos
El 29 septiembre 2009 a las 0:27 #
JOSE, puede que no hayas leido bien, cuando habla de que no hay derecho a PARO se está refiriendo al despido disciplinario
El 29 septiembre 2009 a las 10:06 #
Efectivamente, pido disculpas si mi redacción ha podido llevar a confusiones, pero cuando digo que no da derecho a paro me refiero al despido disciplinario, no al despido improcedente, que por supuesto sí da derecho a paro (además de a la correspondiente denuncia por parte del despedido, si piensa que el despido ha sido efectivamente improcedente).
Un saludo.
El 2 octubre 2009 a las 16:31 #
Por favor la persona que he escrito el comentario, no sabe de lo que habla. EL DESPIDO IMPROCEDENTE SI DA DERECHO A PARO Y EL DISCIPLINARIO TAMBIEN (YO LO ESTOY COBRANDO POR FALTA MUY GRAVE).
gracias, saludos
El 2 octubre 2009 a las 16:36 #
A VER SI NOS DOCUMENTOS UN POCO ANTES DE ESCRIBIR EN EL BLOG (FERNANDO PLAZA TIENES RAZÓN QUERIA DECIR DISCIPLINARIO EN LUGAR DE IMPROCEDENTE, YO ME EQUIVOCO AL ESCRIBIR PERO TU CON RAZÓN E INSISTENCIA: NO SABES DE LO QUE HABLAS...)
gracias, saludos