¿Qué hacer si un Ayuntamiento no paga (es moroso)?
por Dr Placebo
…pero todos somos conscientes que esa época pasó y ahora que se construye mucho menos, los Ayuntamientos, que vivían casi al 100% de cobrar permisos de obras y de los impuestos cuando las cosas iban bien, de la noche a la mañana, se han visto con 300 frentes abiertos queriendo cobrar y sin casi ingresar dinero.
Pasando por alto dos puntos importantes de esta situación (que los Ayuntamientos se han acostumbrado a pagar a 180 días y que damos por hecho que existe vida inteligente en estas administraciones) vamos a ver qué se puede hacer si un Ayuntamiento no paga a un proveedor (una de las empresas que ha hecho un trabajo para ellos y que, justamente, quiere cobrar):
La verdad es que, por suerte o por desgracia, los ayuntamientos han dado mucho trabajo a muchas empresas durante las vacas gordas: proyectos, obras, contrataciones…
…pero todos somos conscientes que esa época pasó y ahora que se construye mucho menos, los Ayuntamientos, que vivían casi al 100% de cobrar permisos de obras y de los impuestos cuando las cosas iban bien, de la noche a la mañana, se han visto con 300 frentes abiertos queriendo cobrar y sin casi ingresar dinero. Pasando por alto dos puntos importantes de esta situación (que los Ayuntamientos se han acostumbrado a pagar a 180 días y que damos por hecho que existe vida inteligente en estas administraciones) vamos a ver qué se puede hacer si un Ayuntamiento no paga a un proveedor (una de las empresas que ha hecho un trabajo para ellos y que, justamente, quiere cobrar):
- Para evitar que España siga a la cabeza del retraso a la hora de pagar por parte de las administraciones públicas, la Ley de Contratos del Estado obliga a las administraciones a pagar en un plazo máximo de 60 días. ‘¿Entonces, en 60 días ya cobro seguro?’ No: hecha la ley, hecha la trampa; a partir de 60 días se empiezan a cobrar unos intereses de demora (cercanos al 10%), pero como a los Ayuntamientos les da igual, porque el dinero no es suyo, ni se preocupan.
- Por otro lado: imagina que eres una empresa a la que le debe dinero un Ayuntamiento y que se retrasa más de esos 60 días: ¿qué harías? ¿te enfrentarías a ellos? ¿exigirías el pago? Es posible que no (a menos que no tengas otro remedio), ya que no te interesa ponértelos de cara, ya que tu empresa puede depender de ese Ayuntamiento para futuros contratos.
- ‘Entonces, ¿qué puedo hacer?’ Pues, para no perjudicar la imagen de tu empresa, se recomienda asociarte con otras para, conjuntamente, presionar al Ayuntamiento. También puedes acudir a firmas de seguros de impago (lo contratas al hacer el proyecto y, como mínimo, recuperas una parte del dinero no pagado)
- Antes de acudir a juicio, algunas ideas son: firmar algún tipo de acuerdo de refinanciación de dinero pendiente por pagar o de algún acuerdo que convenga a ambas partes y tomar medidas que impidan que se pase el plazo de derecho del crédito.
- Posteriormente, si la situación lo requiere, puedes llevar a juicio (contencioso administrativo) al Ayuntamiento, ya que, en caso de disponer de certificaciones del proyecto (que indiquen que el servicio se ha realizado conforme a lo acordado), las posibilidades de ganar son altas (dispones de un papel firmado por el Ayuntamiento que te da la razón en lo que dices…no hay mucha discusión). Se puede acordar mediante calendario de pagos.
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