Despido procedente: ¿en qué consiste? ¿Tiene derecho a paro?
por Dr Placebo
Por mucho que odiemos nuestro trabajo, como ya vimos, no podemos irnos así como así del mismo (si queremos cobrar paro), ni tenemos que pensar que nuestro trabajo es algo seguro (no somos funcionarios) y que, para echarnos, nos tienen que pagar y encima tenemos paro (despido improcedente) ya que no siempre es así.
Existe algo llamado despido procedente o disciplinario: imagina que estás trabajando en una empresa y un compañero empieza a faltar repetidas veces al trabajo; o que no hace nada; o que acude al trabajo borracho…hay ciertas condiciones en las que el empresario puede echar al trabajador y, además, no pagarle indemnización y, por raro que pueda parecer, no tiene derecho a paro.
'¿Qué situaciones son esas?'. Pues si el trabajador no sirve para el puesto ni da muestras de querer aprender; si no se adapta a las condiciones de su puesto; si falta un 20% de los días laborables durante dos meses, desobediencia en el trabajo, ofensas verbales, alcoholismo, drogadicción…
‘Entonces: ¿puedo echar a un trabajador y decir que es por alguno de esos motivos?’. Puedes hacerlo, pero, un juez (si te llevan a juicio) puede determinar que, en realidad, el despido es improcedente; por lo que te tocaría indemnizar, compensar, correr con los gastos del juicio y, seguramente, readminitir al trabajador.
‘Una persona despedida de manera procedente: ¿tiene derecho a desempleo (paro)?’. Pues, al igual que no tiene derecho a indemnización, tampoco tendría derecho a paro; es el mismo caso que cuando alguien se marcha de la empresa (en lugar de ser despedido): se marcha sin indemnización ni derecho a paro; de todas maneras, igual que cuando alguien se marcha de la empresa, lo ‘habitual’ es que el empresario ‘arregle’ la situación para decir que es un despido de la empresa, de manera que, aunque no le indemniza, si que le da derecho a desempleo (ya que a la empresa no le cuesta nada); de esta manera, si la relación con el trabajador no es mala, en parte ‘se queda bien’ con él, evitando posibles juicios, etc…
Un despido procedente (o disciplinario) es aquel en el que un trabajador es despedido por un motivo justificado, rescindiendo así su contrato. Te explicamos los detalles.
Por mucho que odiemos nuestro trabajo, como ya vimos, no podemos irnos así como así del mismo (si queremos cobrar paro), ni tenemos que pensar que nuestro trabajo es algo seguro (no somos funcionarios) y que, para echarnos, nos tienen que pagar y encima tenemos paro (despido improcedente) ya que no siempre es así.Existe algo llamado despido procedente o disciplinario: imagina que estás trabajando en una empresa y un compañero empieza a faltar repetidas veces al trabajo; o que no hace nada; o que acude al trabajo borracho…hay ciertas condiciones en las que el empresario puede echar al trabajador y, además, no pagarle indemnización y, por raro que pueda parecer, no tiene derecho a paro.
'¿Qué situaciones son esas?'. Pues si el trabajador no sirve para el puesto ni da muestras de querer aprender; si no se adapta a las condiciones de su puesto; si falta un 20% de los días laborables durante dos meses, desobediencia en el trabajo, ofensas verbales, alcoholismo, drogadicción…
‘Entonces: ¿puedo echar a un trabajador y decir que es por alguno de esos motivos?’. Puedes hacerlo, pero, un juez (si te llevan a juicio) puede determinar que, en realidad, el despido es improcedente; por lo que te tocaría indemnizar, compensar, correr con los gastos del juicio y, seguramente, readminitir al trabajador.
‘Una persona despedida de manera procedente: ¿tiene derecho a desempleo (paro)?’. Pues, al igual que no tiene derecho a indemnización, tampoco tendría derecho a paro; es el mismo caso que cuando alguien se marcha de la empresa (en lugar de ser despedido): se marcha sin indemnización ni derecho a paro; de todas maneras, igual que cuando alguien se marcha de la empresa, lo ‘habitual’ es que el empresario ‘arregle’ la situación para decir que es un despido de la empresa, de manera que, aunque no le indemniza, si que le da derecho a desempleo (ya que a la empresa no le cuesta nada); de esta manera, si la relación con el trabajador no es mala, en parte ‘se queda bien’ con él, evitando posibles juicios, etc…
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